Los acuerdos de las entidades sin ánimo de lucro con la Consejería podrán prorrogarse hasta diez años.
La
Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública ha oficializado este lunes a través del Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la regulación para la
acción concertada con entidades públicas o privadas
sin ánimo de lucro para la prestación a las personas de servicios de carácter sanitario.
Como ya explicó
Redacción Médica, hasta el momento
estas entidades compartían la regulación de sus convenios con otro tipo de empresas con fines lucrativos. Sin embargo, a partir de ahora la Consejería deberá convocar mediante concurso público las licitaciones con este tipo de entidades. Según recoge el DOGV
“en cada convocatoria” se fijarán a través de “
condiciones administrativas y técnicas, los
requisitos y las condiciones
mínimas, básicas y comunes, aplicables a la acción concertada: así como sus
condiciones económicas estableciendo las tarifas máximas o módulos.
La oficialización de este tipo de convenio confirma que los acuerdos con entidades sin ánimo de lucro con la Consejería que dirige
Carmen Montón, “tendrán una duración
no superior a cuatro años” aunque podrán prorrogarse hasta una duración máxima de
10 años.
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