Sanidad y Educación se unen para impulsar una guía que deberán seguir estas instituciones para atender al alumnado

Nuevo protocolo para regular la atención específica en centros educativos
Vicent Marzá y Carmen Montón, consejeros de Educación y Sanidad de la Comunidad Valenciana, respectivamente.


1 sept. 2016 17:50H
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Las Consejerías de Sanidad y de Educación han firmado un protocolo de colaboración cuya finalidad es describir el procedimiento específico que se deberá seguir en los centros educativos para la atención sanitaria al alumnado.
Según un comunicado de la Generalitat, el protocolo, firmado por el director general de Política Educativa, Jaume Fullana, y el director general de Asistencia Sanitaria, Rafael Sotoca, regula aspectos como la atención a los problemas de salud crónica, las urgencias, la administración de medicamentos y la existencia de botiquines.

Este plan se aplicará a partir del curso escolar 2016-2017 en los centros educativos públicos de la Comunidad Valenciana, y podrán acogerse al mismo el resto de centros. Sotoca ha asegurado que este protocolo "ayuda a facilitar la preservación de la salud de los alumnos con el apoyo de dos consejerías implicadas que abren una línea de trabajo, que es el inicio de muchas acciones en busca de la mejora de la salud, sobre todo, de los más jóvenes".

Así lo ha expresado también Fullana, que ha señalado que el objetivo es "lograr el beneficio del alumnado para que pueda cursar sus estudios en una situación de normalidad" y conseguir que los centros "puedan contar con herramientas para saber cómo actuar".

En concreto, el documento establece la coordinación entre los centros educativos y los centros de salud con el objetivo de prestar la atención sanitaria adecuada según las necesidades existentes en cada caso. Asimismo, en él se indica que los centros de salud deberán crear "un entorno de normalidad" en la escolarización del alumnado con problemas de salud, facilitar a los centros educativos un marco de organización y orientar al personal sobre la forma de actuar ante una urgencia sanitaria previsible o no y sobre la administración de medicamentos.

Por ello, para garantizar una atención sanitaria específica óptima en los centros educativos, este acuerdo establece que el jefe de zona básica de salud y el responsable de la dirección del centro educativo organizarán el desarrollo del protocolo para la prestación sanitaria específica.

Respecto a la atención sanitaria en situaciones de urgencia, la persona del centro educativo que esté presente en ese momento deberá hacerse cargo de la primera actuación y seguir el procedimiento establecido, que además estará incluido en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

Del mismo modo, se recoge como recomendación la presencia de un botiquín en una zona localizada por el personal docente, sin cerradura y fuera del alcance del alumnado, donde sea visible el teléfono 112, el del centro de salud y el del centro educativo.

Por otra parte, si un alumno precisa la administración de medicación en horario escolar y el médico considera que eso lo puede realizar una persona sin titulación sanitaria, la familia presentará la solicitud de administración, el informe médico y el consentimiento junto al informe médico.

Por tanto, el responsable de la dirección del centro deberá organizar la custodia, el acceso y la administración de medicamentos, y mantendrá un libro de registro con datos históricos y las necesidades de atención de los alumnos actuales.

El centro docente se encargará de custodiar la medicación del alumnado, y el personal deberá conocer los datos del alumno en caso de urgencia, así como los procedimientos de actuación inicial. En cuanto al centro de salud, establecerá y aplicará el protocolo para los niños con necesidades de atención en el centro educativo, facilitará la formación sanitaria a los profesionales y atenderá la urgencia cuando se requiera.
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