En el ejercicio de 2013 está establecido un trabajo efectivo de 1587,5 horas



27 may. 2013 12:06H
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Redacción. Vitoria
A través de una disposición publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) el Departamento de Salud ha hecho pública la modificación del decreto que regula las condiciones de trabajo del personal de Osakidetza. Se trata de unos cambios que vienen dados por la modificación de la jornada laboral del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración, y que deja el número de horas de trabajo efectivo para el ejercicio de 2013 en 1.587,5.

El Lehendakari, Íñigo Urkullu; y el consejero de Salud, Jon Darpón.

La modificación, que ha sido firmada por el lehendakari, Íñigo Urkullu, y el consejero de Salud, Jon Darpón, establece que la jornada será 1.614,5 horas de las que se pueden descontar tres días de permiso por asuntos particulares que contabilizarán con 22,5 horas y dejan la jornada efectiva en 1592. No obstante, y al haber comenzado a aplicarse el 13 de marzo, se ha realizado una reducción que deja la jornada completa con 1.610 horas que pasan a ser 1.587,5 con los tres días de permiso.

A la hora de solicitar los tres días de permiso correspondiente es necesario tener en cuenta que debe realizar con 20 días naturales de antelación y que, como máximo, el 50 por ciento de los trabajadores de una misma unidad podrán disfrutar de ellos de manera simultánea.

La aplicación de esta normativa tiene varias excepciones. Una de ellas viene referida a los trabajadores que realicen turnos nocturnos permanentes, que tendrán una jornada de 1.463 horas y 22 minutos. También se ha modificado la jornada del personal de Instituciones Abiertas, que pasa a constar de 1.449 horas.

Otra de las particularidades viene dada en los trabajadores que realizan su jornada en turnos diurnos y nocturnos. En esos casos, se deberán alcanzar las 1587,5 horas de jornada efectiva teniendo en cuenta la aplicación de un multiplicador de 1,10 para las horas realizadas de noche. Dicho multiplicador aumentará al 1,15 en el caso de los mayores de 55 años y el 1,20 para los que superen los 60.

La disposición hace también referencia a los residentes, cuya jornada efectiva será de 1610 horas. En el caso de aquellos que hacen guardias, trabajarán siete horas diarias de lunes a viernes, siempre y cuando ello no impida que puedan completar el programa formativo.

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