El presidente del Colegio de Médicos de Vizacaya, Cosme Naveda.
El Colegio de Médicos de Vizcaya ha afirmado que la propuesta del
Nuevo Modelo de Procesos de Selección para la
elección de los miembros de los tribunales es la más adecuada, ya que parten de la premisa de que todas y todos los
profesionales de Osakidetza que podrían ser elegidos miembros de los tribunales son personas que llevarán a cabo la tarea encomendada con toda integridad, profesionalidad y honradez.
Además, han asegurado que proponer
excluirles del proceso es partir de un prejuicio que al Colegio le resulta inadmisible ya que es equivalente a poner en cuestión la honorabilidad de sus colegiadas y colegiados y del resto de las y los profesionales de la región.
En este nuevo modelo conviven medidas que ya se han aplicado anteriormente, también en la
OPE 2016-2017, la última en celebrarse, y otras nuevas que se han añadido y que tendrán aplicación a partir de la OPE 2020.
Medidas controvertidas
Dentro de estas medidas, en algunos ámbitos han generado cierta
controversia y oposición algunas que ya se han aplicado en la convocatoria de perfiles específicos de la OPE 2016-2017 publicada el 19 de junio de 2019. Se trata de las medidas para la selección de las y los miembros de los tribunales, más concretamente de las medidas 16 y 17, en las
Los médicos ven con buenos ojos que cualquier profesional de Osakidetza pueda ser elegido miembro de un tribunal
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que se determina la composición de los tribunales para las pruebas de cada una de las especialidades.
Estas medidas tienen como objetivo garantizar la absoluta imparcialidad en la elección de los miembros de los tribunales, así como el principio de especialidad en su composición. Para dar
cumplimiento al principio de especialidad, quienes componen los tribunales son personas elegidas por sorteo público entre las y los profesionales de la especialidad y área específica propia de las plazas convocadas o de las categorías a las que se refieren las mismas entre las y los trabajadores de Osakidetza.
Ahora bien, podría ocurrir que el cumplimiento del principio de especialidad impidiera el
carácter aleatorio del sorteo porque la especialidad o el área específica convocada contase con un número muy reducido de profesionales que la ejercen en la CAPV. En ese caso, lo que proponen las medidas 16 y 17 es, en primer lugar,
ampliar la base del sorteo con profesionales del área específica y especialidades conexas y, como último recurso, en el caso de que fuera necesario, incluir a especialistas de otras comunidades autónomas.
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