La Conselleria de Sanidad de Galicia ha aprobado un nuevo régimen de organización y funcionamiento de la
Escuela Gallega de Salud Pública, que se dividirá en diferentes grupos de trabajo dedicados al estudio, análisis y preparación de aspectos técnicos de materia sanitaria.
El
reglamento de la Escuela Gallega de Salud Pública que recoge este jueves el Boletín autonómico especifica que el plan está orientado a fomentar la formación e investigación científica en materia de salud pública “necesarias para dar respuesta a los
desafíos y peligros para la salud de la población y ante amenazas sanitarias globales”.
En este sentido, dispone la creación de
“grupos de trabajo dedicados al estudio, análisis y preparación de aspectos técnicos relativos a las diferentes actividades de la Escuela”. En estos órganos podrá participar personal de unidades administrativas, así como profesionales “con conocimiento y experiencia relativa a los temas específicos a valorar”.
Funciones de los grupos
La Escuela contará con un grupo permanente “de
asesoramiento” que tiene como finalidad la elaboración de las líneas estratégicas de formación e investigación de la Escuela, así como la evaluación de la calidad de las actividades realizadas.
En concreto, sus funciones serán:
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Establecer las líneas estratégicas de la formación en salud pública con base en las necesidades identificadas.
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Establecer el itinerario formativo de los/las profesionales de salud pública y los planes anuales de formación continuada.
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Diseñar las estrategias innovadoras de capacitación profesional y puesta en marcha del espacio de intercambio de conocimiento de la Escuela, facilitando la construcción de redes de formación intersectoriales en los diferentes ámbitos sanitarios y sociales.
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Definir las líneas de investigación, facilitando la creación de redes de apoyo necesarias para la transferencia del conocimiento en colaboración con las diferentes administraciones, instituciones, organismos o empresas en relación con la investigación en salud pública.
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Evaluar los resultados de las actuaciones del año anterior.
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En general, cualquier otra que la persona titular del órgano directivo competente en materia de salud pública le encomiende en relación con las necesidades de la gestión del conocimiento en salud pública
A su vez, habrá grupos de
carácter temporal para determinadas materias, áreas o programas de formación e investigación relativos a las diferentes disciplinas relacionadas con la salud pública.
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