El director gerente del Institut Català de la Salut, Josep Maria Pomar.
El Institut Català de la Salut (ICS) actualiza los precios públicos correspondientes a sus servicios sanitarios. El director gerente,
Josep Maria Pomar, ha resuelto aprobar los nuevos importes de referencia de las prestaciones, pruebas y tratamientos de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la Ordre SLT/71/2020, de 2 de junio, por la cual se regulan los supuestos y conceptos facturables y
se aprueban los precios públicos correspondientes a los servicios que presta el ICS.
De esta forma, tal y como consta en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), los centros sanitarios gestionados por el ICS
deberán aplicar los precios públicos en las asistencias prestadas a partir de la fecha de la resolución, que
entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
El artículo 5 y la disposición adicional única de la Orden de 2 de junio de 2020 establecen que los
precios establecidos en la misma podrán ser revisados por resolución de la persona titular de la Direcció Gerència de l'Institut Català de la Salut. En caso que durante la vigencia de esta Orden aparezca una nueva prestación sanitaria, una nueva prueba diagnóstica o un nuevo tratamiento, o bien si se realiza alguna prestación no incluida en las relaciones que figuran en el anexo II, se debe aplicar como precio el de una prestación análoga que figure en el mencionado anexo II.
En caso que no se pueda establecer ninguna analogía, el precio se debe determinar a partir de la estimación de su coste para el conjunto de centros del ICS, o bien se debe usar
otro precio público de referencia y que los nuevos precios deben ser aprobados por el órgano competente del ICS.
Servicios sujetos a contraprestación económica
Los servicios sanitarios prestados por el ICS que son sujetos a contraprestación económica son aquellos que se realizan cuando
las personas beneficiarias sean usuarias no cubiertas por el sistema sanitario público o cuando haya una entidad de seguros, entidad mutualista o cualquier otra entidad obligada, legalmente o contractualmente, a
efectuar el pago de los gastos propios de la atención sanitaria.
Además, las previsiones no se deben aplicar necesariamente en los supuestos que el ICS suscriba convenios de colaboración que engloben en su objeto la prestación de servicios sanitarios.
En conjunto,
el ICS cuenta con casi 6.000 tipo de prestaciones, diferenciadas en diez áreas: Atención Primaria; atención especializada, prestaciones generales; atención especializada, técnicas, tratamientos y procedimientos; rehabilitación; laboratorios clínicos; radiodiagnóstico; gabinetes de atención especializada ambulatoria; anatomía patológica; Medicina nuclear; y pruebas de apoyo diagnóstico.
A modo de ejemplo, entre los servicios o intervenciones más comunes, la
primera visita en consulta externa en atención especializada y prestaciones generales está valorada en
210 euros. En Atención Primaria, una
intervención de pequeña cirugía tiene un precio de
155 euros. En caso de practicar una escisión y descompresión de disco intervertebral, de gravedad extrema, el importe alcanza los
32.498 euros.
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