Ignasi Hornos, presidente de ACES.
El presidente de la
Asociación Catalana de Entidades Sociales (ACES),
Ignasi Hornos, se ha mostrado convencido de que
“en un principio”
la memoria preliminar del anteproyecto de Ley para adaptar la gestión de la asistencia sanitaria a normativas europeas obligatorias no excluirá a los
conciertos establecidos con el CatSalut. “En la
Ley Catalana de Salud este principio está bien establecido, y en ningún caso se habló de modificar capítulos de la ley que no respaldan en esta materia”, explica Ignasi Hornos.
El presidente de ACES se ha mostrado cauto ante este proyecto y por eso explica que se abstuvo en la votación que daba luz verde al plan de
Antoni Comín porque
“no había motivos suficientes para votar en contra”. “Estabamos convencidos de que no podíamos votar en contra del proyecto porque no había motivos suficientes y en teoría el texto se basa en unas normas europeas que nosotros sabemos muy bien cómo se interpretan en muchos países”, justifica Ignasi Hornos.
Para Hornos esta normativa regulará la
relación entre la Generalitat y entidades privadas, que operan bajo el título de “centros concertados”, que “es un termino que no existe en otros lugares de Europa y por lo tanto se debe de regular”.
Durante la reunión, según entidades presentes, el consejero Comín se mostró en todo momento abierto a buscar un consenso entre todas las partes para presentar un proyecto definitivo, que se presentaría en el mes de septiembre al Parlament Catalán, que tenga el apoyo de todos miembros del Consejo de Dirección del CatSalut.
Primer trámite superado
De este modo, la Consejería ha aprobado la memoria por
25 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, y regula formas de gestión no sometidas a la normativa de
contratación del sector público: la
cooperación institucional -ya sea vertical u horizontal- y la
concertación.
La
cooperación vertical se establece con recursos de la Generalitat -empresas y consorcios con presencia mayoritaria del CatSalut-, mientras que la
horizontal es con otra entidad íntegramente pública. En lo referido a la
concertación -fórmula que se reserva fundamentalmente para actividades sanitarias que ya se hacen en Cataluña- el CatSalut solo podrá concertar actividad sanitaria a entidades privadas sin ánimo de lucro y de economía social.
Según la Generalitat, el concepto de
economía social hace referencia a aquellas empresas que “tienen independencia con respecto a los poderes públicos, se prima a las personas y la misión social sobre el capital. Así como, aquellas que destinan la mayoría de los excedentes en forma de reinversión para
conseguir los objetivos sociales de la entidad”.
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