La resolución recoge también las bases por la que se regirá la convocatoria

El área nordeste de Granada busca un jefe de Servicio de Anestesiología
Hospital Campus de la Salud de Granada


5 mar. 2018 11:10H
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El Servicio Andaluz de Salud ha convocado la cobertura de una plaza de jefe de Servicio Facultativo de Anestesiología y Reanimación mediante el sistema de libre designación en el área de gestión sanitaria nordeste de Granada. Asimismo, en esta resolución se recogen las bases por las que se regirán la convocatoria así como el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales.

El proceso selectivo será evaluado por una comisión de selección y estará dividido en dos fases: evaluación curricular y de las competencias y evaluación de un proyecto de gestión. Este tendrá que incluir todas las líneas de actuación: asistencial, docente, investigación e innovación, y gestión del área de responsabilidad.

Para poder participar en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea; estar en posesión de titulación universitaria de Medicina y de especialista en Anestesiología y Reanimación; tener cumplidos los 18 años y no exceder la edad de jubilación; podrá participar toda persona que esté previamente vinculada al SNS; haber sido formado en prevención de riesgos laborales; entre otros requisitos.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución. Finalizado este plazo, se aprobará la lista de admitidos y excluidos así como la designación de los miembros que compondrán la comisión de selección. En cuanto a las alegaciones a las listas, los aspirantes tendrán un plazo de cinco días hábiles para realizarlas.

La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del cargo por un periodo de cuatro años de duración, que será realizado por la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario al que se encuentre adscrito el cargo intermedio y que, en ningún caso, implicará el traslado de la plaza básica de la que, en su caso, sea titular
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