El Consejo General de Enfermería valora la modificación en la definición de Unidad Asistencial de Cirugía Estética

Enfermería aguarda a su norma de competencias dermoestéticas
Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería.


24 sept. 2024 14:50H
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Mientras Medicina aterriza el cambio en la definición de la Unidad Asistencial de Cirugía Estética, que limita los profesionales que podrán realizar estas cirugías y que desde la profesión valoran como positivo pero, todavía, "insuficiente", la Enfermería pone de manifiesto su papel en el campo de la dermoestética. Esta profesión reivindica su labor y sus "propias competencias" y todavía aguardan a una respuesta del Ministerio de Sanidad para que todo ello se contemple en una norma.

Desde el Consejo General de Enfermería (CGE) también se ha seguido de cerca esta redefinición de la unidad asistencial. En concreto, entienden que esta modificación hace referencia a intervenciones quirúrgicas del ámbito de la especialidad y no a otras intervenciones estéticas o complementarias de otra naturaleza que quedan al margen de esta norma.

"En su momento, hicimos alegaciones al texto para que se recogiera el papel de las enfermeras y enfermeros en las consultas de Enfermería conforme a sus propias competencias en el campo dermoestético, y estamos pendientes de que el Ministerio lo contemple en una futura norma", reconocen a este diario.

En todo caso, esta regulación de aspectos vinculados a las autorizaciones administrativas de los centros sanitarios, para el CGE, "no constituye una atribución o eliminación de competencias profesionales", y reiteran que esta se refiere "únicamente" a la necesidad de contar con una especialidad médica para ese tipo de centros.


Cambio en la Unidad Asistencial de Cirugía Estética 


Por su parte, la Organización Médica Colegial (OMC), ha asegurado a Redacción Médica que esta redefinición es "necesaria, pero no suficiente". Así lo confirmaba la vicepresidenta segunda de la OMC, Rosa Arroyo, a este diario tras conocer la modificación del anexo II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios y en él se limitan los profesionales que podrán realizar cirugías estéticas, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado.

Arroyo indica que este cambio no es suficiente porque hay una "falta de regulación" de la publicidad de los servicios sanitarios que se ofertan en estos centros y que también "requiere de revisión y modificación" para "dotar de toda la seguridad clínica posible al paciente".

Desde Sanidad indican que el notable aumento de intervenciones quirúrgicas estéticas y la proliferación de centros que las ofrecen han generado una creciente demanda social y sanitaria para que se controle mejor esta actividad. De esta manera, la orden busca garantizar que estos procedimientos sean realizados exclusivamente por profesionales con la formación y titulación adecuadas.

El objetivo final es restringir la realización de procedimientos de cirugía estética únicamente a aquellos profesionales que hayan recibido la formación específica necesaria dentro de su programa formativo: "Solamente podrán realizar este tipo de operaciones los médicos con la especialidad en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora u otra especialidad quirúrgica o médico-quirúrgica que incluya competencias en cirugía estética en su programa formativo oficial".
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