La sentencia también reconoce el derecho recibir indemnización

La Justicia fija los dos supuestos para despedir a un interino en sanidad
Exteriores del juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo.


12 sept. 2019 16:30H
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POR ÀLEX LÁZARO
Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha reconocido por primera vez los dos suppuesto por los que puede ser cesado el personal estatutario interino. El primero es si participa en un proceso selectivo y no obtiene plaza y el segundo es por amortización, según ha adelantado Fabián Valero, abogado especialista en derecho laboral y director de Zeres Abogados, a Redacción Médica.

Sin embargo, no es el único derecho reconocido en material de personal laboral interino, ya que la misma sentencia también establece "el derecho a la estabilidad en el puesto" de la funcionaria, "por lo que no podrá ser cesada por concurso", según aclara Valero, al mismo tiempo que señala "que es extensible a los profesionales sanitarios siempre y cuando sean personal estatutario".


Opción a fijar plaza


Además, el abogado ha señalado que en caso de que se produjera el cese del profesional tendría derecho a recibir una indemnización por los años en los que hubiera estado ocupando la plaza, aunque tal y como ha afirmado Valero, "la misma deberá ser fijada en cada caso".

En este sentido, cabe señalar que el cese solo podrá llevarse a cabo por el proceso selectivo o por amortización, tal y como se puede hacer con los "indefinidos no fijos", tal y como ha explicado Valero a este medio.

Por último, el abogado ha aseverado en su cuenta de Twitter que cree que "es la primera sentencia que declara abusivo y fraudulento un nombramiento de larga duración. Además, es la primera sentencia que impide el cese por concurso y reconoce derecho a indemnización futura". 
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